AMBIENTE Y SALUD: Código Civil y Comercial Políticas Públicas
Sinopsis
La influencia del ambiente -en cualquiera de sus manifestaciones- en la salud humana resulta hoy indiscutible. Por ello consideramos que en los tiempos actuales es necesario implementar un escenario de múltiples herramientas jurídico-institucionales que atiendan a satisfacer las exigencias de nuestra sociedad en materia de salud pública ambiental.
En este sentido, y con dicha finalidad, es necesario abordar la temática ambiental desde múltiples puntos de vista. Entre ellos, son esenciales los aportes que se hagan desde el derecho, no sólo como herramienta para prevenir y solucionar conflictos, sino también como facilitador de las políticas públicas necesarias para regular de manera sostenible la vivienda, la producción, la salud y el ambiente.
Además, cabe recordar que también la bioética tiene relación con el tema, y puede realizar importantes aportes, conformándose normas de “bioderecho” reguladoras de esta temática. Para abordar el análisis de las relaciones entre el derecho y la bioética desde el punto de vista ambiental, es útil mencionar y estudiar el modelo de los principios bioéticos (de autonomía, de beneficencia-no maleficencia, y de justicia), razón por la cual ello es incluido en esta obra.
Por otra parte, nuestro país está atravesando una coyuntura especial desde lo normativo. Después de un siglo y medio de vigencia de los códigos civil y comercial originarios, desde el 1 de agosto de 2015 rige el nuevo Código Civil y Comercial. El mismo no sólo actualiza la normativa aplicable a los tiempos que corren y se anticipa al futuro, sino que ha tomado como finalidad prioritaria la compatibilización del Código con los postulados establecidos en la Constitución Nacional, sobre todo luego de la reforma del año1994. En este sentido, la protección del medio ambiente y de los derechos de incidencia colectiva en general está presente en el nuevo régimen.
En efecto, el nuevo Código Civil y Comercial Argentino (Ley Nro. 26.994/2014, B.O 8-10-2014) contiene numerosas normas vinculadas a la protección del Derecho a la Salud y al Ambiente Sano, especialmente enroladas a la protección de los Derechos de Incidencia Colectiva previsto en el art. 14, y en los arts.1737 y 1740 al regular la Obligación de Recomponer. El requerimiento de volver las cosas al estado anterior es básico en este tipo de derechos, pero como sabemos no siempre es fácticamente posible, es por ello que se generan desde el ordenamiento jurídico mecanismos alternativos de recomposición que detallaremos en el capítulo pertinente; potenciándose asimismo el deber de prevenir los daños (arts.1710 y siguientes).
En materia de salud ambiental, tanto la Constitución Nacional (en sus arts. 41 y 42) como el nuevo Código Civil (junto a la normativa especial vigente, como por ejemplo la ley General del Ambiente Nro. 25.675, la ley del régimen de libre acceso a la Información Pública Ambiental Nro. 25.381), son factores claves para garantizar su protección.
En un tema tan importante como el que nos ocupa, es relevante tener en cuenta que no son suficientes las normas legales (cuya elaboración está a cargo del Poder Legislativo, y del Ejecutivo en el aspecto reglamentario), sino que las mismas deben ser acompañadas por un Poder Judicial diligente y atento, y por un Poder Ejecutivo solidario en la elaboración de políticas públicas y distribución de recursos. De lo contrario, tendremos una legislación teóricamente prolija pero sin aplicación práctica, destinada al fracaso.
En este sentido, es oportuno analizar el perfil jurisprudencial que se está observando en los últimos tiempos en la materia.
Todo ello constituye sin lugar a dudas un plexo jurídico de suma importancia para resolver las problemáticas actuales en materia de “derechos de incidencia colectiva”, el cual –como ya se dijo- debe estar acompañado de la implementación de políticas públicas eficaces desde los distintos órganos de la administración pública tanto a nivel nacional, provincial como local.
Por todo ello, en resumen, en este trabajo se analizarán: el derecho al ambiente sano y su respectivo deber de preservarlo; la protección, prevención y la consecuente obligación de recomponer ante el daño ambiental ocasionado (art. 41 CN); los diversos aspectos integradores del adecuado medio de desenvolvimiento humano; los aportes de los principios bioéticos en el derecho; los aportes de la Constitución Nacional y del nuevo Código Civil y Comercial argentino en la materia; y la necesidad de articular el derecho a la calidad de vida mediante el diseño de políticas de desarrollo sustentable (para ello se propone incluir la “dimensión salud” en los procesos de planificación ambiental).
Se incluyen algunos precedentes jurisprudenciales, así como el aporte de varios encuentros científicos relacionados con la calidad de vida, el derecho, el ambiente y la salud.
En la primera parte de la obra se desarrolla la interrelación del ambiente y la salud a la luz de los principios bioéticos, pues por las cuestiones involucradas constituye la estructura medular de la cual se desprenden todas las herramientas jurídico-institucionales que hacen a su protección; y la articulación de las disposiciones del nuevo Código Civil y de las legislaciones especiales con aquéllas. En la segunda parte se aborda el enfoque desde el diseño de la planificación ambiental o sanitaria como política pública asociada a los planes de ordenamiento ambiental del territorio y su interconexión con las políticas sectoriales involucradas.
La toma de decisiones a nivel de política pública debe ser de calidad, con verdaderos espacios de concertación. Es necesaria la existencia de una plataforma que articule y coordine la gestión y ejecución de proyectos en función de los actores, especialmente si se encuentra en juego el derecho al ambiente, cuyo daño repercute directamente en la salud individual. Será cuestión de aprovechar las oportunidades, reconocer las tendencias y enfrentar los desafíos.
La obra pretende aportar un enfoque original (interdisciplinario) de la aplicación de las normas del nuevo código civil en articulación con las normas especiales existentes en la materia, sin olvidar la protección constitucional a los derechos de incidencia colectiva, y la función de los tres poderes del Estado en la tmática; y tiene por finalidad brindar -al profesional del derecho, al de la salud, a los demás actores involucrados, y a la ciudadanía en general- la información necesaria para asegurar la protección adecuada de los derechos de incidencia colectiva constitucionalmente amparados.

Publicado
Versiones
- 2020-12-03 (3)
- 2020-12-03 (2)
- 2020-12-02 (1)